San Juan: Cómo pueden afectar los cambios en las retenciones a los exportadores sanjuaninos
- 29 de diciembre, 2023
El presidente de la Cámara de Comercio Exterior de San Juan, Antonio Giménez, expresó que esta medida más el impacto económico de los últimos días afectará fuertemente la competitividad.
La Ley Ómnibus también impactó en el sector exportador. El proyecto enviado por la Presidencia al Congreso nacional busca fijar la tasa de retención en 15% para la mayor parte de dicho ámbito. Únicamente estarían exceptuadas algunas economías regionales y al sector sojero, que pagará una alícuota más alta. Sobre esta medida, un referente local del rubro expresó su preocupación.
En diálogo con Tiempo de San Juan, el presidente de la Cámara de Comercio Exterior de San Juan, Antonio Giménez, manifestó que la aprobación de esta iniciativa de ley más los altos índices de inflación afectarán fuertemente la competitividad. A pesar de este panorama, esperarán a lo que ocurrirá en el primer trimestre de 2024.
“Ya conocíamos que cadena vitivinícola pagará 8% de retenciones. Por esta disposición más el dólar ‘blend’ (80% de dólar oficial más el 20% del valor del contado con liquidación), la inflación y el sinceramiento de precios, la competitividad estará muy afectada”, expresó el dirigente.
Por este motivo, los referentes de la industria del vino están preocupados por las retenciones del 8% que anunció Milei en el DNU. Sin embargo, desde el Ministerio de Producción de San Juan dijeron que no están vigentes. Por el contrario, sí rige la mejora del tipo de cambio, con lo cual quienes estén exportando en estos momentos están ganando.
“Me he comunicado con Fernando Vilella, el Secretario de Bioindustria de la Nación, que incluye lo que antiguamente era la Secretaría de Agricultura. Estamos dialogando y debo decir que las retenciones anunciadas no están vigentes” dijo el titular de Producción de San Juan, Gustavo Fernández, en radio Estación Claridad.
“Las retenciones han sido anunciadas, pero para tener vigencia deberán pasar a través del Congreso. Es un tema tributario, las retenciones no pueden ser reguladas por un DNU”, aseguró el ministro.
Agregó que el Gobierno Nacional puede establecer retenciones dentro de un margen que no debe superar el 5%, de manera que, para establecer una retención mayor, como en el caso de la vitivinicultura que es del 8%, debe ser aprobado por ley en el Congreso. “De manera que hoy las exportaciones vitivinícolas se están haciendo sin retención, y con las ventajas de la devaluación que se dispuso semanas atrás”, aseguró Fernández.
Qué dice el proyecto
El texto le reserva al Gobierno la facultad de modificar las tasas por decreto hasta que Javier Milei finalice su mandato. También lleva a cero los derechos de exportación para la mayoría de las economías regionales y establece que la habilitación de los frigoríficos solo sean de carácter nacional.
Cuánto pagará cada actividad
De acuerdo a la Sección VI, Derechos de Exportación, de la “Ley Ómnibus”, los derechos de exportación quedaron de la siguiente manera:
Subproductos de la soja: 33% (el grano de soja seguirá pagando 33%)
Complejo vitivinícola: 8%
Aceite esencial de limón: 8%
Hidrocarburos: 8%
Oro y plata: 8%
Resto de la minería: 4,5%
Economías regionales: complejos olivícolas, arrocero, cueros bovinos, lácteo, frutícola, hortícola, porotos, lentejas, arveja, papa, ajo, garbanzos, miel, azúcar, yerba mate, té, equinos y lana: 0%
Resto de los productos (incluidas las exportaciones industriales, por ejemplo): 15%
Control de las alícuotas
Como se mencionó, el Ejecutivo tendrá la posibilidad de subir o bajar a discreción los derechos de exportación (DEX), “hasta el 9 de diciembre de 2027 inclusive”, cuando termine su mandato.
Este último punto es quizás el más sorpresivo del texto y el que seguramente va a molestar más a la dirigencia agropecuaria de la Mesa de Enlace, que históricamente viene reclamando –incluso por vía judicial– que, tratándose de un tema de corte impositivo o fiscal, las retenciones siempre sean una facultad del Congreso, tal como lo fija la Constitución Nacional.
El artículo 206 del proyecto de ley establece cero por ciento de DEX (Derecho de Exportación) para “todas las mercaderías” correspondientes a los complejos “olivícola, arrocero, cueros bovinos, lácteo, frutícola, hortícola, porotos, lentejas, arveja, papa, ajo, garbanzos, miel, azúcar, yerba mate, té, equinos y lana”, atendiendo así el pedido de la mayoría de las economías regionales.
Al mismo tiempo, el artículo 207 dice que “en el marco de la emergencia y considerando las facultades acordadas al Poder Ejecutivo Nacional mediante los artículos 755 y concordantes de la Ley N°22.415 (Código Aduanero) y sus modificatorias, se delega en el Poder Ejecutivo Nacional, con el objeto de estimular, en virtud de las circunstancias económicas imperantes, el desarrollo de determinados sectores, la facultad de reducir la alícuota de los derechos de exportación de todas aquellas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur hasta el cero por ciento”.
(Con información de Infobae)
Tiempo de San Juan