Jueves 9 de abril de 2026

Mendoza y la reforma de la Ley de Glaciares: el peso de la 7.722 en la decisión final

  • 9 de abril, 2026
En Mendoza la vigencia de la 7.722 obliga a que cada proyecto metalífero, en cualquier instancia de avance, pase por la Legislatura para tomar una decisión final, más allá del criterio científico.

Por Edu Gajardo

La reforma de la Ley de Glaciares introduce cambios en los criterios técnicos y en la distribución de competencias para la protección de estas áreas, con impacto directo en la evaluación de proyectos en zonas cordilleranas. Sin embargo, en Mendoza el alcance práctico de estas modificaciones se inserta en un esquema normativo particular, donde continúa vigente la Ley 7.722, que establece un paso obligatorio por la Legislatura para cualquier proyecto de minería metalífera (para etapa de exploración o explotación), en cualquier zona del territorio mendocino.

En este contexto, los cambios incorporados a nivel nacional -como la redefinición de áreas protegidas, el criterio de función hídrica o el mayor peso de las provincias en la evaluación-no eliminan el componente político del proceso de aprobación local. Por eso, aún cuando los criterios técnicos puedan habilitar o restringir determinadas zonas, la instancia legislativa sigue siendo fundamental para la viabilidad de los proyectos.

La Ley 7.722, junto con restringir procesos como la lixiviación, exige a través de su artículo 3° que toda iniciativa metalífera sea ratificada por ambas cámaras legislativas, lo que introduce un nivel adicional de evaluación que trasciende lo técnico. Este esquema ha condicionado históricamente el desarrollo de la actividad en Mendoza y continúa operando como un filtro independiente de las definiciones que surjan de la normativa nacional.

De esta manera, la discusión sobre la Ley de Glaciares y sus modificaciones convive en la provincia con un sistema de aprobación que mantiene abierta la instancia política. En casos que involucren ambientes periglaciares, la visión científica sobre el alcance de la ley se suma a un proceso legislativo que define, en última instancia, la posibilidad de avanzar o no con un proyecto.

El resultado es un doble nivel de decisión: por un lado, el encuadre técnico y normativo que fija la legislación nacional; por otro, el tratamiento legislativo provincial que determina su aplicación concreta. En Mendoza, ese esquema mantiene vigente un debate que no se resuelve únicamente en términos ambientales técnicos o productivos, sino también en el ámbito político-institucional.

Mendozaminera.com

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