Jueves 19 de febrero de 2026

Ley de Glaciares: cómo procederá Mendoza si se avanza en la reforma

  • 19 de febrero, 2026
El debate por una modificación volvió a poner en tensión la relación entre protección ambiental, desarrollo productivo y reparto de competencias.

Por Sol Devia

En tiempos álgidos en el Congreso de la Nación, donde el debate de la reforma laboral se ha llevado todas las miradas, un proyecto de suma importancia para Mendoza y varias provincias del oeste argentino espera su turno: la modificación de la conocida como Ley de Glaciares.

Ley 26.639 de Régimen de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial, sancionada el 30 de septiembre de 2010, establece los presupuestos mínimos para la protección de los glaciares y del ambiente periglacial.

El objetivo central de la misma consiste en preservar estos cuerpos como reservas estratégicas de recursos hídricos para el consumo humano, la agricultura y la recarga de cuencas hidrográficas, así como para la protección de la biodiversidad, la obtención de información científica y el turismo.

Con varios intentos truncos de modificarla, la presidencia de Javier Milei parece decidida a avanzar en lo que consideran desde el Ejecutivo como un “ordenamiento normativo” y un “fortalecimiento del federalismo ambiental”, dando lugar a las provincias a tener mayor protagonismo en la administración de sus recursos.

En el medio, la discusión se centra en la conservación de recursos estratégicos y el impulso de actividades como la minería, que promete ser un motor de la economía argentina para las próximas décadas, pero que encuentra en la actual legislación un obstáculo.

Un debate más allá de la minería

De acuerdo a altas fuentes del Ministerio de Energía y Ambiente de Mendoza, el foco de la modificación que debe ser discutida en el Senado nacional va más allá de la minería y está puesto en la gestión ambiental. Para las autoridades mendocinas el punto de inflexión no es la flexibilización de la normativa, sino el ordenamiento de su aplicación y el completar vacíos de información que hoy existen sobre estos cuerpos glaciares en la provincia.

“Para ordenar la discusión, hay que salir de la mirada exclusiva del desarrollo minero. La ley de presupuestos mínimos no solo prohíbe actividades mineras, sino muchas otras. En esos ambientes, en principio, todas las actividades están prohibidas salvo las expresamente permitidas, por la fragilidad del ecosistema y por el valor estratégico que tiene”, aclararon las fuentes.

De acuerdo al análisis gubernamental, el cambio en la normativa permitirá a las provincias ejercer competencias que le son propias. Actualmente, la ley ya distingue dos autoridades: la autoridad nacional de aplicación, que es la Secretaría de Ambiente de la Nación, y las autoridades competentes, que son las provincias. En tanto, el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (Ianigla) cumple un rol técnico de inventariado de glaciares y del ambiente periglacial.

Respecto al argumento de que esta modificación podría comprometer las reservas de agua del país y la provincia, desde Energía y Ambiente insistieron en que “la ley ya protege aquellos que tienen valor estratégico” y que “nadie está pensando en intervenir glaciares como el Perito Moreno”.

En caso de aprobarse las modificaciones, la provincia, así como todas aquellas que cuentan con estos cuerpos en sus territorios, deberá dictar su propia norma para aplicar los presupuestos mínimos. Esto es algo que ya se ha hecho en otras materias, como en emisiones de gases de efecto invernadero o gestión de residuos sólidos urbanos, tal como lo exige el artículo 41 de la ley vigente.

Conforme a lo explicado por la altas fuentes de Energía y Ambiente, los cambios que podría tener la ley no implicarían que automáticamente se empiecen a aprobar proyectos mineros en Mendoza, sino que la Provincia podrá dictar su propia normativa acerca de cómo se hacen los estudios, cómo se relevan los glaciares y el ambiente periglacial, y cómo se toman las decisiones. “Los presupuestos mínimos no se tocan; lo que se aclara es el reparto de competencias, tal como lo establece el artículo 41”, declararon.

¿Cómo procederían en caso de tener la aprobación legislativa de la modificaciones a la Ley de Glaciares? “Si esta modificación prospera, lo primero que habría que hacer en provincias como Mendoza es avanzar con una ley provincial. Ya tenemos experiencia, por ejemplo, con las declaraciones de impacto ambiental en el distrito Malargüe. Se trata de ordenar, desde lo científico y técnico, qué información se exige, en qué plazos y con qué roles. Eso reduce la discrecionalidad y fortalece la protección ambiental”, anticiparon las fuentes oficiales.

“Esto también da mayor seguridad jurídica. Ningún gobernador puede ‘desafectar glaciares’ sin consecuencias. Las leyes ambientales tienen responsabilidad administrativa, civil e incluso penal. Lo razonable es que cada legislatura provincial sancione su norma, con reglas claras”, sumaron.

La discusión por la falta de datos básicos

De acuerdo a la versión oficial, incluso pronunciada hace algunos meses por el propio gobernador Alfredo Cornejo, “el problema es que, en la práctica, no solo en minería sino también en hidrocarburos, desarrollos inmobiliarios o incluso turismo de alta montaña, faltan datos básicos”.

“Para habilitar cualquier actividad económica, necesitamos estudios serios sobre los servicios ecosistémicos. Hay provincias con más glaciares que otras. Gracias al trabajo de Ianigla existe un inventario de glaciares, pero no uno completo y actualizado del ambiente periglacial”, comentaron las fuentes de Energía y Ambiente.

En este sentido, las autoridades cuestionaron que sea solo un organismo el que deba realizar los inventarios desde el norte al sur del país es algo “materialmente imposible”, sino que consideran que debería ser un trabajo colaborativo entre el sistema científico y las autoridades provinciales.

De acuerdo a su postura, esto genera el peor escenario posible para el desarrollo productivo -aunque contrario al principio de Ley Nacional de Ambiente-: “Por las dudas, no se puede hacer nada”, argumentaron. “En el Distrito Minero de Malargüe, por ejemplo, dos proyectos se descartaron porque estaban comprometidos con glaciares ya inventariados. En otros casos, se presumía la presencia de ambiente periglacial, pero sin información concreta”, mencionaron las fuentes oficiales.

“De los proyectos restantes, muchos quedaron en una zona gris. Lo que propusimos fue avanzar paso a paso, con autorizaciones iniciales de exploración para relevar territorio, junto con el sector académico y científico. De eso se tratan las declaraciones de impacto ambiental: de decidir con información, no a ciegas”, completaron.

Se calcula que los glaciares y los campos de hielo de las regiones polares, albergan el 69% de las reservas de agua dulce conocidas en todo el planeta y en el país existen unos 16 mil glaciares, mayoritariamente ubicados en la Cordillera de los Andes. Según un relevamiento realizado por el Ianigla luego de la sanción de la normativa en 2010, en Mendoza hay 4.172 glaciares, que cubren una superficie de 1.239 kilómetros cuadrados. De ese total, solo 527 kilómetros cuadrados son de glaciares descubiertos.

En total, los glaciares argentinos alimentan 39 cuencas hidrográficas y se distribuyen a lo largo de 3.500 kilómetros de la cordillera de los Andes, en 12 provincias. El Inventario Nacional de Glaciares identifica 16.968 cuerpos glaciares con una superficie total estimada de 8.484 kilómetros cuadrados

Mdzol.com

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